Restricciones vehículos pesados DGT 2026: guía completa
Última revisión normativa: 18 de agosto de 2026.
Estar al día de las restricciones para vehículos pesados de la DGT (Dirección General de Tráfico) en 2026 es clave para planificar correctamente las rutas, anticipar posibles limitaciones a la circulación y evitar incidencias que puedan afectar a los tiempos de entrega. Estas restricciones no se aplican de forma uniforme a todos los vehículos ni durante todo el año, sino que dependen de factores como el tipo de transporte, la masa máxima autorizada, carretera, horario, etc.
La referencia estatal para este 2026 es la Resolución de 14 de enero de 2026 de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen las medidas especiales de regulación del tráfico durante el año. La norma ha sido objeto de correcciones y modificaciones posteriores, por lo que recomendamos consultar también la documentación actualizada de restricciones publicada por la DGT antes de planificar cada desplazamiento. En el caso de Cataluña, País Vasco y Navarra, las restricciones se regulan mediante normativa propia debido a sus competencias en materia de tráfico, por lo que las analizamos de forma independiente a continuación.
Para ayudarte a planificar cada desplazamiento y facilitar el cumplimiento de la normativa vigente, hemos preparado esta guía sobre las restricciones para vehículos pesados de la DGT en 2026. En ella encontrarás las principales limitaciones aplicables a vehículos de mercancías, transportes ADR y vehículos especiales, además de las particularidades de los territorios con competencias propias en materia de tráfico.
Como complemento a la planificación anual, puedes consultar las restricciones de tráfico activas para el día de hoy en el mapa oficial de la DGT. La información se actualiza constantemente, las 24 horas del día, con los datos introducidos por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y los responsables de los Centros de Gestión de Tráfico de la Dirección General de Tráfico. Ten en cuenta que este mapa tiene carácter informativo: antes de iniciar la ruta, comprueba también la normativa aplicable, los avisos operativos y la señalización existente en cada tramo.

Mapa oficial de restricciones de tráfico de la DGT. Pulsa en la imagen para consultar las restricciones activas.
Restricciones vehículos pesados 2026: aspectos generales
La Resolución de la Dirección General de Tráfico para 2026 se aplica en las carreteras cuya vigilancia corresponde a la DGT. Cataluña, País Vasco y Navarra tienen transferidas competencias en materia de tráfico y establecen sus propias restricciones, por lo que debes consultar de forma independiente la normativa aplicable en cada uno de estos territorios.
Para el transporte de mercancías en general, la resolución establece restricciones a los vehículos o conjuntos de vehículos de más de 7.500 kg de masa máxima autorizada (MMA) o masa máxima de conjunto (MMC). Estas prohibiciones no se aplican de forma uniforme durante todo el año: el Anexo II determina las carreteras, puntos kilométricos, sentidos, fechas y franjas horarias afectadas.
Puedes consultar el Anexo II de las restricciones de la DGT para 2026. Antes de planificar una ruta, comprueba también la documentación vigente publicada por la DGT, ya que la resolución inicial ha recibido correcciones y modificaciones durante 2026.
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Anexo II de la resolución sobre restricciones para vehículos pesados de la DGT en 2026.
La DGT también puede establecer prohibiciones de adelantamiento para vehículos de más de 7.500 kg de MMA, vehículos que precisen autorización complementaria y vehículos especiales durante días, horarios y tramos determinados. Estas limitaciones aparecen en el Anexo V, aunque pueden ampliarse a otros tramos cuando lo requieran la seguridad vial o la fluidez del tráfico. En cada caso, prevalece la señalización instalada en la vía.
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Restricciones vehículos pesados 2026: excepciones
La prohibición prevista para los vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg contempla una serie de exenciones. En 2026, quedan fuera de esta prohibición los siguientes vehículos y transportes:
- Transporte de ganado vivo.
- Transporte de mercancías perecederas (recogidas en el Anexo III del Acuerdo Internacional sobre el transporte de mercancías perecederas, así como frutas y verduras frescas, en vehículos que satisfagan lo expuesto en el Anexo I del ATP). En cualquier caso, la mercancía perecedera deberá suponer al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupar la mitad del volumen de carga útil del vehículo.
- Vehículos de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima, destinados al transporte de envíos postales dentro del ámbito de la prestación del servicio postal universal, de lunes a viernes, ambos incluidos.
- En periodo de campaña de vialidad invernal, aquellos que transporten fundentes para asegurar el correcto mantenimiento de la vialidad de las carreteras.
- Vehículos de auxilio en vías públicas.
Estas exenciones afectan a la restricción general prevista en el apartado B.1 de la resolución. Un vehículo puede estar sujeto al mismo tiempo a otras limitaciones por su carga, dimensiones, itinerario o condiciones de circulación, por lo que la exención debe comprobarse siempre para el supuesto concreto.
Restricciones vehículos pesados 2026: mercancías peligrosas
Los vehículos que transporten mercancías peligrosas y deban llevar los paneles naranja de señalización conforme al ADR tienen un régimen específico. Las restricciones por calendario y carretera se recogen principalmente en el Anexo V de la resolución de 2026.
Si el vehículo ADR supera además los 7.500 kg de MMA o MMC, también debe cumplir las restricciones para mercancías en general establecidas en el Anexo II. Por tanto, ambas limitaciones pueden aplicarse simultáneamente.
La planificación de estos transportes debe tener también en cuenta la Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas (RIMP), recogida en el Anexo IV. Cuando el origen y el destino estén incluidos en esta red, su utilización es obligatoria. Cuando alguno quede fuera, debe accederse a la RIMP mediante el recorrido que minimice el tránsito por carreteras convencionales, respetando las condiciones establecidas en la resolución.
El Anexo III recoge las materias que pueden quedar exentas de determinadas prohibiciones en las condiciones fijadas por la norma. Una exención ADR no implica automáticamente quedar libre de cualquier otra restricción aplicable al vehículo.
Restricciones vehículos pesados especiales y aquellos que necesitan autorización complementaria
Los vehículos especiales y aquellos que necesitan una autorización complementaria de circulación (ACC) por superar las masas o dimensiones máximas permitidas deben comprobar las restricciones recogidas en el Anexo II y en el Anexo V, tanto las comunes como las específicas para este tipo de vehículos.
La resolución mantiene en 2026 varias excepciones para determinadas operaciones:
- Vehículos que, en función de su urgente utilización en prevención y extinción de incendios, protección del medio ambiente, mantenimiento de las carreteras y salvamento de vidas humanas tengan que circular en el horario restringido. Deberán comunicar al Centro de Gestión de Tráfico de la zona afectada, el número de autorización o matrícula así como el servicio urgente a realizar e itinerario.
- Maquinaria agrícola y de obras/ servicios, siempre que no precisen autorización complementaria.
- Vehículos especiales al servicio de auxilio en carretera.
- Grúas de elevación de hasta 5 ejes (incluido), estarán exentas de las restricciones contempladas el anexo V.
- En el caso de siniestros que requieran presencia inmediata de maquinarias de servicios automotriz y grúas de elevación, comunicarán al Centro de Gestión de Tráfico de la zona afectada, el número de autorización o matrícula del vehículo, así como el itinerario.
La autorización complementaria de circulación regula las condiciones particulares del vehículo o de la carga, pero no elimina automáticamente una restricción temporal. Si el desplazamiento debe realizarse durante un periodo restringido y no existe una exención aplicable, debe comprobarse previamente si es necesaria una autorización especial.
Puedes consultar el Anexo V oficial de las restricciones de la DGT para 2026.
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Anexo V oficial de las restricciones para vehículos pesados de la DGT en 2026.
Restricciones vehículos pesados 2026: Cataluña

Las restricciones para vehículos pesados en Cataluña durante 2026 se regulan mediante la Resolución ISP/300/2026, de 6 de febrero. Esta resolución sustituye a la normativa de 2025, produce efectos durante 2026 y prevé su prórroga automática hasta que entre en vigor la correspondiente resolución de 2027.
La norma catalana regula las restricciones para mercancías en general, conjuntos euromodulares, transportes especiales, vehículos ADR, determinados tramos de carretera y situaciones meteorológicas adversas. El incumplimiento puede dar lugar a sanciones y, cuando exista riesgo o una perturbación grave de la circulación, los Mossos d’Esquadra pueden detener, inmovilizar o retirar el vehículo.
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Restricciones de circulación en Cataluña 2026 – Resolución ISP/300/2026
Vehículos afectados por las restricciones en Cataluña
Los vehículos en régimen de transporte especial y los vehículos ADR con panel naranja tienen, además de las restricciones que puedan corresponderles por su masa, las siguientes limitaciones generales en la red viaria interurbana catalana:
- Vísperas de festivos que sean miércoles o jueves: de 16:00 a 24:00.
- Domingos y festivos que no sean sábado: de 08:00 a 24:00.
- En festivos consecutivos, incluido el domingo: primer día de 08:00 a 15:00, último día de 08:00 a 24:00 y víspera de los festivos consecutivos de 16:00 a 24:00. Los días intermedios no quedan restringidos por esta regla general.
Los vehículos ADR deben circular prioritariamente por las vías establecidas en el Anexo D. Cuando exista discrepancia entre una herramienta de planificación y dicho anexo, prevalece la ruta prevista en la resolución.
Restricciones permanentes generales de circulación en Cataluña
En 2026 se mantienen restricciones permanentes relevantes que conviene comprobar antes de planificar una ruta:
- Los vehículos o conjuntos de mercancías de más de 26 toneladas no pueden circular, salvo las excepciones previstas, por la N-II entre La Jonquera y Fornells; la N-240 entre Lleida y Montblanc; y dos tramos de la N-340 entre Alcanar y L’Hospitalet de l’Infant y entre Altafulla y Vilafranca del Penedès.
- Los vehículos de mercancías de más de 7,5 toneladas, los transportes especiales y los vehículos especiales no pueden circular por la C-153 entre los PK 60,9 y 61,9 en Olot, salvo los supuestos expresamente exceptuados.
- Los vehículos o conjuntos destinados al transporte de mercancías de más de 7.500 kg no pueden utilizar los carriles bus-VAO de la C-58CC y la C-31 norte.
Restricciones por causas meteorológicas
Con niebla espesa —menos de 150 metros de visibilidad—, viento fuerte, lluvia intensa o nieve, los vehículos de mercancías de más de 7.500 kg, autobuses y conjuntos de vehículos deben circular por el carril situado más a la derecha y no pueden adelantar.
Cuando se active un plan especial de protección civil, las autoridades pueden aplicar restricciones adicionales. En determinadas situaciones, los vehículos ADR de más de 7.500 kg y los vehículos articulados pueden quedar detenidos de forma segura fuera de la vía hasta que las condiciones permitan reanudar la circulación.
Limitaciones de velocidad y adelantamiento en la AP-7 y A-2
Cuando sean de aplicación las limitaciones previstas en el apartado 13 de la resolución, los vehículos pesados y autobuses con MMA igual o superior a 7.500 kg deben circular a una velocidad máxima de 80 km/h. Los conjuntos euromodulares deben circular siempre por el carril derecho y no pueden adelantar.
En la AP-7 entre Sant Celoni, PK 111, y Vilafranca del Penedès, PK 200, en ambos sentidos, los vehículos pesados y autobuses de 7.500 kg o más deben circular por la derecha y no pueden adelantar:
- Todos los viernes y domingos, de 17:00 a 22:00.
- Todos los sábados, de 10:00 a 14:00.
La resolución establece además para 2026 fechas equivalentes en Reyes, Semana Santa, Primero de Mayo, Segunda Pascua, San Juan, la Diada y el puente de la Inmaculada. Entre las fechas que todavía quedan por celebrarse tras el verano destacan el 10, 11 y 13 de septiembre y el 4, 5, 6, 7 y 8 de diciembre, con horarios diferentes según el día. Para cerrar una ruta, comprueba siempre la tabla completa de la resolución.
En la A-2 entre Igualada, PK 550, y Martorell, PK 586, sentido Barcelona, esta obligación de circular por la derecha sin adelantar se aplica todos los domingos del 4 de enero al 12 de abril y del 6 al 27 de diciembre, de 17:00 a 22:00.
Puedes ampliar esta información en nuestra guía específica sobre las restricciones para vehículos pesados en la AP-7 de Cataluña.
Exenciones a las restricciones en Cataluña
La Resolución ISP/300/2026 contiene en su Anexo B una relación detallada de mercancías y vehículos exentos de determinadas restricciones. Entre otros supuestos, aparecen determinados transportes de alimentos y bienes esenciales destinados a establecimientos minoristas, ganado vivo, leche cruda, alimentación animal, agua para consumo humano, servicio postal, prensa diaria, medicamentos o productos sanitarios que requieran temperatura controlada y vehículos de auxilio en carretera.
La exención depende del tipo de mercancía, el vehículo, la vía y las condiciones indicadas en el propio Anexo B. Por ello, antes de aplicarla, comprueba la redacción completa y conserva la documentación que permita justificarla durante el trayecto.
Si una restricción obliga a modificar descansos o tiempos de ruta, puedes consultar nuestra red de parkings seguros para vehículos pesados.
Restricciones vehículos pesados 2026: País Vasco
El País Vasco establece sus propias restricciones mediante la Resolución de 9 de enero de 2026 de la Dirección de Tráfico. La norma determina las restricciones aplicables durante 2026 a mercancías generales, mercancías peligrosas, transportes especiales y vehículos que requieren autorización complementaria.
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Restricciones de circulación y medidas especiales de tráfico en el País Vasco 2026
Vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg
Los vehículos o conjuntos de vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg de MMA o MMC no pueden circular por las vías públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los días y horarios especificados en el Anexo II. La resolución recoge en su Anexo IV las mercancías que pueden quedar exentas de esta prohibición.
Vehículos que transportan mercancías peligrosas
Los vehículos ADR obligados a llevar panel naranja tienen prohibida la circulación por todas las vías públicas del País Vasco, en ambos sentidos:
- Domingos y festivos: de 08:00 a 24:00.
- Vísperas de festivos que no sean sábado: de 16:00 a 24:00.
Si estos vehículos superan los 7.500 kg de MMA, también deben comprobar las restricciones del Anexo II. Para otros desplazamientos de mercancías peligrosas debe utilizarse la RIMP recogida en el Anexo V cuando resulte aplicable.
Transportes especiales y meteorología adversa
Los vehículos que precisan autorización complementaria de circulación tienen también restricciones generales los domingos y festivos de 08:00 a 24:00 y las vísperas de festivo que no sean sábado de 16:00 a 24:00, además de las previstas en el Anexo II.
Con nieve, hielo, baja visibilidad por niebla o viento fuerte, los camiones de más de 3.500 kg de MMA, autobuses y conjuntos de vehículos deben circular por el carril derecho y no pueden adelantar ni rebasar a vehículos que circulen a menor velocidad.
Además de la resolución anual, conviene revisar las medidas especiales publicadas por Trafikoa, ya que pueden establecerse medidas complementarias ante eventos, situaciones extraordinarias o problemas de circulación.
Restricciones vehículos pesados 2026: Navarra
En Navarra, las medidas especiales de regulación del tráfico para 2026 se establecen mediante la Resolución 24E/2025, de 31 de diciembre. Aunque la denominación de la resolución incluye el año 2025, la norma regula expresamente las restricciones aplicables durante todo 2026.
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Restricciones de circulación y medidas especiales de tráfico en Navarra 2026
Restricciones para vehículos de más de 7.500 kg
Los vehículos o conjuntos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg de MMA o MMC tienen prohibida la circulación durante las fechas, horarios y vías especificados en el Anexo II. Las exenciones para mercancías en general aparecen en el Anexo IV.
Además, durante todo 2026 se prohíbe la circulación en tránsito de determinados vehículos o conjuntos destinados al transporte de mercancías de cuatro o más ejes por la carretera N-121-C entre los PK 1,85 y 4,00, sentido Tarazona. La propia resolución determina qué vehículos tienen la consideración de tráfico en tránsito a efectos de esta prohibición.
Mercancías peligrosas en Navarra
Los vehículos ADR con panel naranja deben cumplir las restricciones genéricas y específicas previstas en el Anexo VI. Cuando superan los 7.500 kg de MMA o MMC, también deben respetar el Anexo II.
La Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas de Navarra se recoge en el Anexo V. Cuando el origen y el destino estén incluidos en la RIMP, su utilización es obligatoria. Fuera de ella deben priorizarse los itinerarios que reduzcan el recorrido por carreteras convencionales y utilizar las circunvalaciones y variantes disponibles.
Nueva limitación en la A-15, Ronda de Pamplona Oeste
Desde febrero de 2026, la A-15 en la Ronda de Pamplona Oeste cuenta con una limitación de velocidad máxima de 100 km/h y una prohibición de adelantamiento para vehículos pesados en el tramo señalizado, aproximadamente entre los PK 83 y 96 y en ambos sentidos.
Esta medida se implantó para mejorar la seguridad y la fluidez de la circulación y debe tenerse en cuenta de forma independiente a las restricciones por calendario previstas en la resolución anual.
Exenciones y casos especiales en Navarra
El Anexo IV contempla, entre otros supuestos, transporte de animales vivos, mercancías perecederas en las condiciones previstas, servicio postal universal, vehículos de vialidad invernal, grúas de auxilio en carretera y determinadas operaciones urgentes relacionadas con incendios, protección ambiental, mantenimiento de carreteras o salvamento de vidas.
En los casos en los que la norma exige comunicación previa, esta debe realizarse al Centro de Mando y Coordinación de Policía Foral con los datos del vehículo, autorización cuando corresponda, servicio urgente e itinerario.
Mantente informado y cumple con la normativa
Para gestionar correctamente las restricciones para vehículos pesados en 2026 no basta con consultar un calendario una vez al año. Antes de iniciar cada ruta debes comprobar qué autoridad gestiona los tramos por los que vas a circular, la versión vigente de la resolución, los anexos que correspondan a tu vehículo y los posibles avisos o restricciones extraordinarias del día.
La DGT, el Servei Català de Trànsit, Trafikoa y el Gobierno de Navarra pueden adoptar medidas adicionales ante concentraciones de tráfico, obras, acontecimientos especiales o condiciones meteorológicas adversas. La señalización existente y las instrucciones de los agentes deben respetarse en todo momento.
Ante cualquier duda sobre la planificación de tus desplazamientos, puedes ponerte en contacto con nuestro equipo. También ponemos a tu disposición nuestra sección de peajes y tasas en Europa para ayudarte a planificar tus rutas internacionales.










