En los próximos meses entrarán en vigor 4 medidas propuestas en el Paquete de Movilidad que definirán el sector del transporte en 2022.

De las medidas propuestas en el Paquete de Movilidad aprobado en 2020, sólo se había aplicado el Reglamento sobre Tiempos de Conducción y Descanso. Este 2022 entrarán en vigor el resto de medias, como son:

1. Regulación del salario mínimo.

En febrero los conductores que realicen transporte internacional deberán percibir el salario mínimo del país donde efectúan el transporte. Con la finalidad de controlar esta actividad, la empresa de transportes deberá presentar una declaración de desplazamiento de sus conductores para que el Estado de acogida, es decir, el país donde se presta el servicio, pueda controlar la correcta realización de este previamente a la realización servicio de transporte.

2. Nueva normativa sobre el acceso a la profesión.

También entrará en vigor en febrero de 2022, y su principal objetivo es reducir la competencia desleal. Por este motivo son numerosos los requisitos de dicha índole que deberán cumplir las empresas de transportes, como puede ser el exigir que tengan una actividad real en el país donde están establecidas.

3. Nuevas reglas de acceso al mercado de transporte internacional.

Se fijarán importantes restricciones a la actividad continua de operaciones de cabotaje que realizan empresas externas al país donde se está realizando el transporte, como son:

  • Un “periodo de enfriamiento” de cuatro días que impide que se puedan llevar a cabo actividades de transporte continúas dentro del mismo país y con el mismo vehículo en dicho plazo temporal.
  • La obligación para los vehículos que realicen transporte internacional de regresar cada ocho semanas al país donde está matriculado.

4. Registros obligatorios en el tacógrafo.

Cada vez que se atraviese una frontera deberá quedar registrado en el tacógrafo, en cuanto a transporte internacional se refiere. En el caso de no registrarlo automáticamente, tendrá que hacerlo el conductor de forma manual en la primera parada, siempre lo más cerca posible a la frontera del nuevo país al que ha entrado. Si el cruce de frontera se produjera al viajar en un ferry o tren, el conductor deberá anotarlo en el puerto o estación de llegada.

Los agentes encargados de realizar los controles en carretera deberán constatar que se cumplen todos los nuevos requisitos y medidas para acogerse a la nueva regulación.