Bonificación del precio del gasóleo ¿Cómo se solicita?

Tras los cambios realizados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria para la solicitud de la Bonificación del precio del gasóleo, y el impacto que puede tener en las empresas de transporte por carretera, en este artículo resolvemos las dudas más recurrentes que nuestros clientes nos han realizado a este respecto, para poder resolver las que a ti te hayan podido surgir.

¿Quién podrá beneficiarse de la ayuda?

Todos aquellos que cumplan los 2 puntos siguientes:

  • Los titulares de los vehículos que durante el período de vigencia de esta medida figuren matriculados en España.
  • Que se hayan visto afectados económicamente, directa o indirectamente, por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania y así lo indique cuando presente la documentación requerida para la solicitud de la bonificación.

¿Qué necesitas para acceder a las ayudas?

  • Presentar la documentación requerida, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Previsiblemente en formato cuestionario)
  • No llegar a los límites de la ayuda establecida por el Marco Nacional Temporal Ucrania.

¡IMPORTANTE! Vrio no puede hacer la presentación de la documentación ya que para ello se requiere tu certificado digital, del que dispondrás tu mismo o tu asesoría.

¿Cuándo se puede solicitar la ayuda?

Para vehículos censados en Gasoil Profesional se habilitará el 31/01/2023 hasta la finalización del plazo de vigencia de las ayudas, fecha en la que podrás presentar la documentación como se indica en la pregunta anterior, y para vehículos no censados en Gasoil Profesional se habilitará el 01/04/2023 al 31/05/2023.

¿Cuál es el importe de las ayudas?

El importe varía entre 0,20 euros por litro, para los suministros de gasóleo realizados entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023, y 0,10 euros por litro, para los suministros de gasóleo realizados entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2023.

¿Qué debo saber del proceso de solicitud?

Las ayudas son compatibles con la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional y la gestión de la ayuda se tramitará de forma simultánea y conjunta, siempre que cumplas con los requisitos mencionados en la primera pregunta dentro del plazo establecido.

¿Y respecto al pago de la bonificación?

A la finalización de cada mes natural la Administración competente calculará el importe de la ayuda y, acordará, en su caso, el pago de la misma, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario en la solicitud de inscripción en el Censo de beneficiarios de devoluciones por gasóleo profesional y de vehículos de su titularidad. La Administración tiene un plazo de hasta seis meses para proceder a la devolución de la bonificación correspondiente.

Además, si quieres conocer todos los detalles del proceso completo, puedes consultarlos accediendo directamente pinchando aquí, al boletín oficial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Fuente de información: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/DJ23.shtml